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Traslado de Expediente

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Aprobados en Comisión Docente de 22 de septiembre de 2.005
Aprobados en Junta de Facultad de 25 de abril de 2.006

  1. El número máximo de traslados de expediente admitidos será del 1% de los alumnos matriculados en el curso académico anterior (5 ó 6 alumnos, según la matrícula que viene siendo habitual).
  2. Requisitos para acceder al traslado de expediente:
    1. Cambio de domicilio familiar por traslado forzoso del cabeza de familia (justificado documentalmente).
    2. Para alumnos trabajadores, deben tener un mínimo de 1 año dados de alta en la Seguridad Social (justificado documentalmente)
    3. Para alumnos procedentes de Universidades privadas, será necesario además que la nota de selectividad del estudiante sea mayor o igual a la nota de corte del curso académico correspondiente.
  3. El criterio de baremación que se aplicará a los solicitantes será su expediente académico.
  4. Cualesquiera otras circunstancias excepcionales que no estén recogidas en estos puntos serán valoradas convenientemente por la Comisión Docente.