Acciones de Documento

Secretaría General

Francisco Álvarez Arroyo

Secretario General


María Dolores Cebriá García

Adjunta al Secretario General

 

Dirección postal

Personal

Secretaria: María del Pilar Lagar Barbosa

Extensión: 89301

 

Convenios:

Mercedes Muriel Sánchez
Tfno.: 927257000 ext. 51105

 

 

Competencias (RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2019, DOE nº 62, de 29 de marzo de 2019)

Los Estatutos de la Universidad de Extremadura atribuyen a la Secretaría General las siguientes competencias:

- Ser fedatario público de los actos y acuerdos tomados en órganos colegiados de la Universidad en los que actúe como Secretario General.

- Elaborar y custodiar los libros de Actas y librar las certificaciones oportunas de los acuerdos de cuantos hechos consten en la documentación oficial de la Universidad.

- Recibir y custodiar las Actas de calificación de exámenes y concursos.

- Mantener el Registro General y custodiar el Archivo General y el Sello Oficial de la Universidad.

- Actuar como Secretario del Consejo de Gobierno y del Claustro.

- Actuar como Jefe de Protocolo de la Universidad.

- Dirigir el Boletín Oficial de la Universidad de Extremadura.

- Garantizar la publicidad de todos los acuerdos de la Universidad.

 

Además de las competencias propias, se le delegan las siguientes:

1. La coordinación y planificación de la actividad del equipo de dirección de la Universidad de Extremadura.

2. Las competencias en materia de coordinación entre la Universidad y los Centros adscritos a la misma.

3. Las competencias conducentes al desarrollo y fomento de las relaciones institucionales de la Universidad de Extremadura con otras Administraciones, Universidades y entidades públicas y privadas, de forma coordinada con los Vicerrectorados y Gerencia.

4. Las competencias conducentes a la supervisión y ejecución de aquellas acciones encaminadas a preservar y reforzar el uso de la imagen institucional de la Universidad a través de sus símbolos y logotipos. En especial, la elaboración y ejecución del manual de identidad corporativa de la Universidad de Extremadura.

5. Las competencias relativas al seguimiento y control de los convenios de colaboración que la Universidad establezca con otras instituciones o entidades públicas y privadas, de forma coordinada con los Vicerrectorados y Gerencia.

6. Las competencias en materia de protección de datos de carácter personal, de forma coordinada con el Vicerrectorado de Transformación Digital.

7. La elaboración, control y seguimiento del calendario académico, en coordinación con los Vicerrectorados, Gerencia y Centros de la Universidad de Extremadura.

8. Las autorizaciones de las comisiones de servicios para asistencia al Claustro Universitario y Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura y que den derecho a la percepción de las indemnizaciones por razón de servicios establecidas en la normativa interna de la Universidad de Extremadura.

9. Como secretario del Claustro y del Consejo de Gobierno, la certificación, si procede, de que la comisión de servicios ha sido realizada de conformidad y se ajusta a la legislación vigente, proponiendo su abono con cargo al presupuesto de servicios centrales. En su caso, pondrá de manifiesto las modificaciones a la propuesta realizada sobre duración de la comisión y desplazamiento.

10. La dependencia funcional del gabinete jurídico y de inspección de la Universidad de Extremadura. Sin perjuicio, y con respeto, a las funciones indelegables del Rector en materia disciplinaria.

11. La dependencia funcional del Delegado de Protección de Datos de la Universidad de Extremadura.