Baremo Plazas Funcionario Interino
ANEXO II
Las
Comisiones que hayan de constituirse para resolver los concursos
de méritos para la provisión de plazas de profesorado
contratado de la Universidad de Extremadura se ajustarán,
para el desarrollo de los baremos, a las siguientes normas:
Primera.- Únicamente
se tendrán en cuenta los méritos, debidamente justificados, mediante
documentos válidos en derecho, que guarden relación con el Área
de Conocimiento y/o perfil de la plaza objeto del concurso. Al respecto se
considerará la puntuación que se indique en el baremo cuando
exista una relación directa con el área de conocimiento y/o perfil
de la plaza, y la mitad de dicha puntuación cuando su relación
sea afín. En caso de no contemplarse ninguna de esta opciones no serán
tenidos en cuenta.
Segunda.- Los baremos
se ajustarán a los siguientes apartados que habrán de tener las
puntuaciones máximas que se indican para cada tipo de plaza. En caso de
que en algún candidato alcanzara una puntuación superior al máximo
fijado en alguno de los apartados, se normalizarán las puntuaciones de
todos los candidatos.
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1.- Curriculum Académico | 11 | 11 | 11 | 11 | 18 | 18 |
2.- Curriculum Docente | 10 | 14 | 11 | 6 | 6 | 12 |
3.- Curriculum Investigador | 18 | 14 | 11 | 10 | 15 | 9 |
4.- Curriculum Profesional | 5 | 5 | 11 | 17 | 5 | 5 |
5.- Otros méritos | 3 | 3 | 3 | 3 | 3 | 3 |
6.- Informe del Departamento | 3 | 3 | 3 | 3 | 3 | 3 |
En
ningún caso la puntuación otorgada por “Informe
del Departamento” podrá ser superior al 20% de la
puntuación global obtenida en el resto de los apartados.
Tercera.- Las Comisiones
podrán distribuir la puntuación de cada apartado entre distintos
subapartados, tales como los que, a título enunciativo, a continuación
se relacionan, indicando, para cada uno de ellos, la puntuación máxima
que se otorga y, para aquellos en que las puntuaciones no queden otorgadas de
forma reglada y automática, los criterios de baremación.
Cuarta.- El
apartado 1 “CURRICULUM ACADÉMICO” incluirá necesariamente los siguientes
subapartados:
a) Nota media del expediente
que se calculará asignando a las distintas asignaturas las siguientes
puntuaciones:
Matricula de Honor | 4 puntos | ||||
Sobresaliente | 3 puntos | ||||
Notable | 2 puntos | ||||
Aprobado | 1 punto |
No se tendrán en cuenta para éste cálculo las asignaturas que sólo puedan calificarse como apto o no apto.
Para las Titulaciones con sistema de créditos, la puntuación para cada asignatura se obtendrá sumando los créditos superados multiplicados cada uno de ellos por el valor de la calificación que corresponda, según la tabla anterior, y dividiendo por el número de créditos totales del expediente.
Con objeto de que la nota media del expediente académico tenga el mismo peso en todos los tipos de concursos, para las plazas de Ayudantes, la nota obtenida por el procedimiento anterior se normalizará multiplicandola por el factor 1,636 (18/11).
b) Tesis de Licenciatura.
c) Proyecto fin de carrera.
d) Cursos de doctorado
e) Grado de Doctor.
En ningún caso podrán ser valorados simultáneamente los apartados b) y c).
CURRICULUM DOCENTE.
a) Experiencia docente universitaria.
b) Experiencia docente no universitaria.
CURRICULUM INVESTIGADOR.
a) Becas predoctorales.
b) Becas postdoctorales.
c) Contratos de reincorporación de doctores.
d) Publicaciones con carácter científico
e) Ponencias y Comunicaciones presentadas a congresos.
CURRICULUM PROFESIONAL.
Actividades profesionales (no docentes), para las que habilite el titulo o títulos que posea el aspirante.
OTROS MÉRITOS.
La Comisión podrá valorar en este apartado otros méritos que concurran en el solicitante y que, teniendo relación con la plaza objeto del concurso, por su naturaleza, no puedan ser incluidos en otros apartados del baremo.
INFORME DEL DEPARTAMENTO.
El informe practicado deberá contener una justificación objetiva e individualizada del juicio valorativo que merezca el curriculum de cada aspirante adecuado a la plaza objeto del concurso.