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Jubilación del PDI y PAS (Régimen General de Seguridad Social)

INFORMACIÓN GENERAL

Se regirá conforme a la normativa del Régimen General de la Seguridad Social vigente. A partir del 1 de enero de 2013, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, requiriendo haber cumplido la edad de:

  • 67 años o
  • 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.

No obstante, la edad de jubilación y el período de cotización a que se refiere el párrafo anterior, se aplicará de forma gradual de acuerdo con el siguiente cuadro:

Año

Períodos cotizados

Edad exigida

2022

37 años y 6 meses o más

65 años

Menos de 37 años y 6 meses

66 años y 2 meses

2023

37 años y 9 meses o más

65 años

Menos de 37 años y 9 meses

66 años y 4 meses

2024

38 o más años

65 años

Menos de 38 años

66 años y 6 meses

2025

38 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 3 meses

66 años y 8 meses

2026

38 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 3 meses

66 años y 10 meses

A partir de 2027

38 años y 6 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 6 meses

67 años

Si posee certificado electrónico o Cl@ve permanente puede acceder, como interesado, a sus datos en la Seguridad Social y simular su pensión de jubilación, así como solicitar o tramitar pensiones y otras prestaciones de la Seguridad Social, a través del siguiente enlace:

 

IMPORTANTE: Se recomienda que la jubilación se solicite con una antelación mínima de tres meses de la fecha de cumplimiento de la edad que corresponda, para evitar demoras y retrasos en la tramitación y abono de la pensión, así como para el cumplimiento de los plazos legales establecidos en los distintos procedimientos.


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