Acceso directo |
- Grados que habiliten para el ejercicio profesional de Ingeniero Técnico de Telecomunicación, regulados por la orden ministerial CIN/352/2009.
- Otro Grado que, acreditando el haber cursado el módulo de formación básica y el módulo común a la rama, aún no cubriendo un bloque completo del módulo de tecnología específica y sí 48 créditos de los ofertados en el conjunto de los bloques de dicho módulo de un título de grado, habilite para el ejercicio de Ingeniero Técnico de Telecomunicación, de acuerdo con la Orden Ministerial CIN/352/2009.
- Ingeniería de Telecomunicación
- Ingeniería Técnica de Telecomunicación, especialidad en Sonido e Imagen
- Ingeniería Técnica de Telecomunicación, especialidad en Telemática
- Ingeniería Técnica de Telecomunicación, especialidad en Sistemas de Telecomunicación
- Ingeniería Técnica de Telecomunicación, especialidad en Electrónica
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Títulos equivalentes a los anteriores expedidos por instituciones superiores del EEES o sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior.
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