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Compensación Curricular

¿Qué es la Compensación Curricular?

Es un mecanismo que permite finalizar los estudios a quienes no han logrado superar una asignatura de formación básica u obligatoria.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la Compensación Curricular?

Hay 3 requisitos mínimos: haber cursado el 50% de la titulación en la Universidad de Extremadura, haber realizado un mínimo de 4 convocatorias y estar matriculado de la asignatura en el curso académico en el que se realiza la solicitud.

¿Cuándo se puede solicitar la Compensación Curricular?

Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de entrega de actas de la convocatoria oficial en la que se solicita dicha compensación.

¿Dónde se solicita la Compensación?

En la Secretaría, dirigida al Decanato o Dirección del Centro

¿Cómo se evalúa la Compensación curricular?

Hay dos resultados: Aprobado por compensación y No apto-no procede compensación

¿Cómo se calcula la Compensación curricular?

Se calcula la nota media ponderada (NM) a créditos de todas las asignaturas aprobadas y se considera la mejor de las calificaciones obtenidas en la asignatura a compensar, siempre que dicha calificación sea mayor que cero.

¿Puedo solicitar la Compensación curricular si he matriculado durante 3 años con un resultado de 3 suspensos y dos no presentados?

No, porque es obligatorio haberse presentado a cuatro convocatorias.

Si llevo uno o varios años sin matricularme en la asignatura a compensar y ya he consumido cuatro convocatorias suspensas ¿Puedo solicitar la Compensación curricular?

Sí, siempre y cuando sea la última asignatura para finalizar sus estudios, además del Trabajo Fin de Estudios, y que dicha asignatura sea de Tipología de Formación Básica u Obligatoria, debiendo matricularla en el curso académico en el que solicita la compensación

Solo me queda una asignatura optativa para terminar mis estudios y he agotado la 4ª convocatoria ¿puedo solicitar la Compensación?

No, únicamente si es una asignatura de formación básica u obligatoria; pero sí puede matricular otra optativa.

Si durante el curso actual he agotado la 4ª convocatoria en una asignatura y quiero solicitar la Compensación curricular para la misma, ¿tengo que matricularme para realizar la solicitud?

No, ya está matriculado en el curso actual y se hace mediante la rectificación del acta de la última convocatoria.

¿Puedo solicitar la Compensación más de una vez?

No, la Compensación solo se puede solicitar una vez.

Si he agotado todas las convocatorias de una asignatura, incluida la extraordinaria del Rector (7ª), en el curso actual, ¿puedo solicitar la Compensación curricular en esa asignatura sin tener que matricularla de nuevo en ese curso?

Sí, porque sería una rectificación del acta de la última convocatoria.

No he superado el Trabajo Fin de Grado o el de Master ¿puedo solicitar la Compensación curricular?

No se pueden someter a compensación curricular los TFG, TFM, prácticas externas y reconocimientos estudios de idiomas o asignaturas equivalentes incluidas como tales en los planes de estudios.

¿Puedo solicitar la compensación curricular de una asignatura que no tengo matriculada en este curso académico?

No, la asignatura que quieras someter a compensación curricular tienen que estar matriculada en el curso en el que se solicita la compensación y en los plazos oficiales establecidos al efecto (ordinario o de ampliación).